ESTAMOS DE FERIA

Términos y condiciones

ESTAMOS DE FERIA

2 noviembre, 2021
ESTAMOS DE FERIA

TÉRMINOS Y CONDICIONES

CAMPAÑA “ESTAMOS DE FERIA”

  1. DEFINICIONES

1.1 Campaña: Campaña denominada “Estamos de Feria” , adelantada por Apiros S.A.S. con la finalidad de incentivar la venta de inmuebles en los proyectos de construcción de vivienda que se definirán más adelante en este documento, a través de las mecánicas: bonos de descuento y ruleta de premios a los que se hará referencia a continuación, dirigido a personas naturales que cumplan con los requisitos indicados en el presente documento durante la vigencia de la campaña.

1.2 Proyectos: Se refiere a los proyectos de construcción de vivienda denominados Altavista del Río y Alegría VI, desarrollados por Apiros S.A.S. en la ciudad de Barranquilla y Soacha, respectivamente.

Participantes: Cualquier persona natural interesada en adquirir una unidad de vivienda en alguno de los Proyectos, siempre y cuando cumpla con las condiciones establecidas en el presente documento.

1.4 Premio: Cada uno de los Proyectos manejará su propio tipo de premiación, así:

  • Altavista del Río: Bono de descuento de cinco ó diez millones de Pesos, que se descontará del precio del inmueble de dicho proyecto, únicamente en caso de que tenga lugar el otorgamiento de la escritura pública de compraventa por la que se instrumente la transferencia de la propiedad del inmueble en favor del Participante. Dicho bono de descuento beneficiará por una sola vez a quien ostente la calidad de comprador de la unidad de vivienda, de conformidad con lo indicado en el presente documento. Únicamente se aplicará un solo bono de descuento por unidad de vivienda, sin importar que la calidad de comprador esté conformada por más de una persona.

Los bonos podrán ser los siguientes:

  1. Bono de descuento sobre el valor total del inmueble. Este bono aplica únicamente a unidades seleccionadas indicadas en el siguiente inventario:

* Etapa 1:

  • Torre 02 Apto 804 descuento de cinco millones de pesos ($5.000.000) del valor total del inmueble.

* Etapa 2:

  • Torre 03 Apto 203 descuento de cinco millones de pesos ($5.000.000) del valor total del inmueble.
  • Torre 03 Apto 603 descuento de cinco millones de pesos ($5.000.000) del valor total del inmueble.
  • Torre 03 Apto 901 descuento de diez millones de pesos ($10.000.000) del valor total del inmueble.
  • Torre 04  Apto 101 descuento de cinco millones de pesos ($5.000.000) del valor total del inmueble.
  • Torre 04  Apto 103 descuento de cinco millones de pesos ($5.000.000) del valor total del inmueble.
  • Torre 04  Apto 104 descuento de cinco millones de pesos ($5.000.000) del valor total del inmueble.
  • Torre 04  Apto 201 descuento de cinco millones de pesos ($5.000.000) del valor total del inmueble.
  • Torre 04  Apto 204 descuento de cinco millones de pesos ($5.000.000) del valor total del inmueble.
  • Torre 04  Apto 301 descuento de cinco millones de pesos ($5.000.000) del valor total del inmueble.
  • Torre 04  Apto 304 descuento de cinco millones de pesos ($5.000.000) del valor total del inmueble.
  • Torre 04  Apto 401 descuento de cinco millones de pesos ($5.000.000) del valor total del inmueble.
  • Torre 04  Apto 404 descuento de cinco millones de pesos ($5.000.000) del valor total del inmueble.
  • Torre 04  Apto 504 descuento de cinco millones de pesos ($5.000.000) del valor total del inmueble.
  • Torre 04  Apto 604 descuento de cinco millones de pesos ($5.000.000) del valor total del inmueble.
  • Torre 04  Apto 701 descuento de cinco millones de pesos ($5.000.000) del valor total del inmueble.
  • Torre 04  Apto 801 descuento de cinco millones de pesos ($5.000.000) del valor total del inmueble.
  • Torre 04  Apto 901 descuento de cinco millones de pesos ($5.000.000) del valor total del inmueble.
  • Torre 04  Apto 904 descuento de cinco millones de pesos ($5.000.000) del valor total del inmueble.
  • Torre 04  Apto 1001 descuento de diez millones de pesos ($10.000.000) del valor total del inmueble.
  • Torre 05: Todos los apartamentos cuentan con un bono de descuento de cinco millones de pesos ($5.000.000) del valor total del inmueble.
  • Alegría VI: Cien unidades de premios previamente seleccionados por Apiros, que serán repartidos mediante la figura de una ruleta de premios, en la que estarán especificados cada uno de los premios respectivos. Una vez el Participante cumpla con los requisitos indicados en este documento, podrá activar la ruleta para saber conocer su premio.
  • Batería de ollas: 8 Unidades
  • Licuadora: 10 Unidades
  • Plancha: 13 Unidades
  • Tarjetas Netflix: 10 Unidades
  • Parlante Pequeño: 13 Unidades
  • Exprimidor: 13 Unidades
  • Tarjeta de Regalo: 13 Unidades
  • Premio Sorpresa: 20 Unidades

1.5 Legalización: Dentro del periodo de la vigencia de la presente Campaña, los Participantes deberán adelantar y cumplir las siguientes actividades:

  • Consignación total del valor equivalente a la separación del inmueble. Esta condición rige para ambos Proyectos.
  • Trámite completo de vinculación con la fiduciaria asignada al proyecto en calidad de Encargante. Esta condición rige para ambos Proyectos.
  • Firma de la totalidad de los documentos indicados por Apiros S.A.S. y/o la fiduciaria respectiva. Esta condición rige para ambos Proyectos.
  • Verificación y aprobación por parte de jefe de la sala de ventas del cumplimiento de los hitos anteriores. Esta condición rige para ambos Proyectos.
  • Aprobación del crédito y del subsidio para la adquisición de vivienda, y presentación a Apiros S.A.S. de los soportes que lo certifiquen. En caso de que el Participante compre la unidad de vivienda con modalidad de pago de contado, podrá participar una vez cumpla con los demás requisitos mencionados en el presente literal. Esta condición necesaria para la Legalización rige solamente para el Proyecto Alegría VI.

2. REQUISITOS PARA PARTICIPAR

Los requisitos con los que deben contar los Participantes de esta Campaña son:

  • Ser mayor de edad.
  • Tener interés en adquirir una unidad de vivienda en alguno de los Proyectos. En el caso de Altavista del Río, debe tratarse de una de las unidades específicamente señaladas en el presente documento.

3. DIVULGACIÓN Y ACEPTACIÓN DE LA CAMPAÑA:

La Campaña se pondrá en conocimiento de los Participantes a través de medios como la página web y las redes sociales de Apiros S.A.S., la página web de Altavista del Río y de Hogares Soacha, junto con todos los medios de comunicación que permitan que la presente Campaña se difunda a la mayor cantidad de posibles Participantes. Todos los Participantes deberán manifestar el conocimiento y aceptación de todas las condiciones de la presente Campaña, mediante la firma de un documento que las contenga y que hará parte de los documentos de la legalización de la compra de las unidades de vivienda.

4. MECÁNICA DE LA CAMPAÑA:

4.1. Apiros S.A.S. divulgará la Campaña de conformidad con lo indicado en el Numeral 3 del presente documento.

4.2. En cuanto guarda relación con la mecánica de la participación de los Participantes, deberán proceder así:

i) En caso de que el participante desee adquirir una unidad de vivienda en el proyecto Altavista del Río, deberá adelantar todos los trámites mencionados en el Numeral 1.5. del presente documento. En este caso, el Participante causará el derecho a hacerlo efectivo al momento del otorgamiento de la escritura pública de compraventa por la que se instrumente la transferencia del inmueble de este Proyecto. 

ii) En caso de que el Participante desee adquirir una unidad de vivienda en el proyecto Alegría VI, deberá adelantar todos los trámites mencionados en el Numeral 1.5. del presente documento. Una vez cumplidos todos los requisitos mencionados en este documento, el Participante será citado a alguna de las salas de ventas de Apiros S.A.S. para activar la ruleta y así verse beneficiado por el premio que le corresponda. En caso de que el premio se encuentre agotado tendrá la oportunidad de volver a girar la ruleta para obtener un premio diferente que se encuentre disponible. El documento que hace al Participante merecedor del premio se entregará firmado y sellado únicamente por el jefe de la sala de ventas.

PARÁGRAFO PRIMERO: El Bono de descuento no será acumulable en el caso de que la unidad de vivienda de Altavista el Río sea comprada por más de una persona. Lo mismo sucederá en Alegría VI, en donde si la unidad de vivienda es comprada por más de una persona, solamente una de ellas podrá activar la ruleta y se entregará un solo premio, el que le corresponda según la ruleta.

PARÁGRAFO SEGUNDO: El incumplimiento del Participante de cualquiera de las obligaciones que ostente en su calidad de Encargantes y/o posterior promitentes compradores, podrá dar lugar a que Apiros S.A.S, revoque la asignación del bono en el caso de Altavista del Río, sin perjuicio de que pueda seguir adelante el vínculo establecido entre las Partes en virtud de la separación de la unidad de vivienda.

PARÁGRAFO TERCERO: La presente Campaña no es acumulable con otras promociones y/o descuentos.

PARÁGRAFO CUARTO: El Bono de descuento de Altavista del Río, ni el premio de Alegría VI, no son transferibles, ni redimibles en dinero, o canjeables por otros bienes o descuentos.

PARÁGRAFO QUINTO: Apiros S.A.S. se reserva el derecho de suspender parcial o totalmente esta Campaña en caso de presentarse algún escenario de caso fortuito o fuerza mayor, sin que esto dé lugar al pago de ninguna remuneración o compensación en favor de alguna de las Partes.

PARÁGRAFO SEXTO: Las controversias que se presenten con relación a esta Campaña, que no hayan sido contempladas en el presente documento, se resolverán de conformidad con lo estipulado en la ley.

PARÁGRAFO SÉPTIMO: Apiros S.A.S. se reserva el derecho de hacer modificaciones, adiciones o aclaraciones en este reglamento en caso de considerarlo necesario, lo cual será puesto en conocimiento a través de los medios indicados en el Numeral 3 del presente documento. En este caso, Apiros S.A.S. también podrá remitir esta información a los correos electrónicos de contacto que hayan sido indicados por los Participantes.

PARÁGRAFO OCTAVO: Apiros S.A.S. se reserva el derecho de revocar el Bono de descuento en Altavista del Río, y/o el premio en Alegría VI, en caso de que evidencie que se obtuvieron de manera fraudulenta, como, por ejemplo, con el aporte de información falsa. Adicionalmente, Apiros S.A.S. podrá tomar las acciones legales pertinentes del caso.

PARÁGRAFO NOVENO: Apiros S.A.S. se reserva el derecho de revocar el Bono de descuento en Altavista del Río, y/o el premio en Alegría VI, en caso de desistimiento del inmueble seleccionado para la compra.

5. VIGENCIA DE LA CAMPAÑA:

Esta Campaña estará vigente entre el primero (1°) de noviembre y el treinta y uno (31) de diciembre de dos mil veintiuno (2021), periodo dentro del que deben surtirse las actividades mencionadas en el presente documento. En Alegría VI la Campaña estará vigente durante el periodo antes mencionado, o hasta que se repartan la totalidad de los cien (100) premios , lo que ocurra primero.


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